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De la ignorancia a la importancia

Foto del escritor: Luis Gerardo CouturierLuis Gerardo Couturier
Aún hoy día, millones de colombianos ignoran los beneficios que la facturación electrónica ofrece a sus bolsillos.
Cara sorprendida
Solicitar factura electrónica en todas tus compras, puede representar un ahorro de hasta $11'295,600 pesos en impuesto sobre la renta al año.

Lamentablemente, un altísimo porcentaje de colombianos ignoran la importancia de solicitar factura electrónica en sus compras o consumos cotidianos, y otro tanto, evitan solicitarla o se conforman con la "factura" de papel que los comercios ofrecen.


Desde el pasado 1 de mayo de este año en cumplimiento a la resolución 165 de 2023 y la 008 de 2024, entra en vigor para todos los comerciantes, grandes, medianos, pequeños y micro, la obligatoriedad de generar factura electrónica de venta en absolutamente todas sus ventas o servicios; así sea un pan o una gaseosa, el comercio tiene que, por ley, que emitir un documento electrónico si el consumidor o cliente se lo solicita. El no hacerlo, conlleva sanciones desde económicas, hasta el cierre definitivo del comercio en cuestión.


La ley 2277 del 13 de diciembre de 2022, de la Reforma Tributaria para la Igualdad y ]Justicia Social, determina en su artículo 7, la modificación al artículo 336 del Estatuto Tributario "Renta Líquida Gravable de la cédula general", permite que las personas naturales que declaran ingresos de la cédula general y que adquieran bienes o servicios soportados con Factura Electrónica, les permita llevar como deducción del impuesto sobre la renta y complementarios, el 1% del valor de las mencionadas adquisiciones siempre y cuando no exceda las 240 UVT's en el año gravable correspondiente, independientemente de si tiene o no relación de causalidad con la actividad productora de renta.


Vamos a desmenuzar los detalles:


  1. TODAS las personas naturales que tengan la calidad de declarantes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios, tienen el derecho de acceder a este beneficio.

  2. Se puede deducir el 1% del valor de las adquisiciones SIN exceder las 240 UVT's, lo que representa un máximo de $11'295,600 pesos (1 UVT en 2024 = $47,065).

  3. Los requisitos que se deben cumplir para acceder a este beneficio son:

    • Que la adquisición del bien y/o servicio, no haya sido solicitada como costo o deducción en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios, impuesto descontable en el Impuesto sobre las Ventas -IVA, ingreso no constituído de renta ni ganancia ocasional, renta excenta, descuento tributario u otro tipo de beneficio o crédito fiscal.

    • Que la operación esté soportada con Factura Electrónica de Venta con validación previa, en donde se identifique al adquiriente con nombres y apellidos, número de identificación tributaria (NIT) o bien número de identificación, y con todos los demás requisitos exigibles para este sistema de facturación.

    • Que la operación haya sido pagada con tarjeta de crédito, débito o cualquier otro medio electrónico (transferencias, etc.) donde intervenga una entidad financiera supervisada por la Superintendencia Financiera o quien haga las veces de ésta dentro del periodo gravable en el cual se solicita la deducción.

    • Que la Factura Electrónica de Venta haya sido expedida por sujetos obligados a expedirla.

En este punto, es muy importante tomar en cuenta que con la entrada en vigencia de la resolución 165 de 2023, prácticamente todos los comercios se vuelven obligados a expedir Factura Electrónica de Venta, ya que de lo contrario, no podrán generar los documentos electrónicos que la misma resolución exige.
Anuncio de celulares
Cumple con la resolución 165, dale confianza a tus clientes y evítate sanciones.

Esta disposición tiene grandes beneficios a los contribuyentes, ya que pueden utilizarla como deducción en el Impuesto Sobre la Renta y Complementarios, a la vez que incentiva en la ciudadanía las compras y la exigencia de la Factura Electrónica de Venta, lo que ayuda en gran medida a evitar la comercialización de productos robados o de dudosa procedencia; crea una cultura de la expedición y exigencia de la Factura Electrónica de Venta a la vez que incentiva la bancarización, lo que impulsa y potencializa el desarrollo económico.



Muy importante señalar y en resumen:

  1. SOLICITA Factura Electrónica en TODAS tus compras o consumos. Recuerda que para ello, deberás proporcionar, según lo dispuesto por la DIAN, tu nombre completo, número de cédula o NIT y correo electrónico (siempre será muy recomendable contar con tu RUT en formato digital en tu teléfono móvil por si te lo solicitan).

  2. CONSERVA todas tus facturas del año fiscal, ya que actualmente sólo si eres obligado a emitir Factura Electrónica, podrás descargarlas desde el portal DIAN. Una Herramienta muy útil para este efecto es contar con un buzón tributario.

  3. CERCIÓRATE y debes ser my puntual con el punto de venta en que al generar tu Factura Electrónica, SEÑALE la forma de pago correcta. Recuerda que el pago debe ser con Tarjeta de crédito, débito o por medios electrónicos (transferencias), por lo que deberá indicarse en la factura la forma correcta del pago. Lamentablemente la gran mayoría colocan como forma de pago "efectivo" y de este modo, no podrás obtener los beneficios fiscales a los que nos referimos.


Recuerda que este beneficio se puso en marcha para el año gravable 2023, por lo que deberán reportarse estos consumos dentro de la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios en 2024.

Hombre invitando a facturar

Solicitar la Factura Electrónica por las compras realizadas, independientemente del valor, de las mismas, es un derecho para el consumidor, y está amparado por la autoridad tributaria (DIAN); como empresario o comerciente, resulta en una obligación expedirla conforme a las mismas normas establecidas por el ente regulatorio, esto sin importar el tamaño de la organización o el tiempo de constitución.


Como consumidores, debemos estar cada vez más preparados, conscientes y ser más responsables de la importancia de exigir y recibir la Factura Electrónica. También entender que los documentos electrónicos, lejos de complicarnos la vida, nos ofrecen grandes beneficios; del mismo modo, los comercios deben también tomar conciencia y responsabilizarse de sus obligaciones, preparándose con tiempo para cumplirlas y evitarse líos con la autoridad.


En este sentido, también hacemos un enfático llamado a los profesionales del área de la contabilidad para que se sigan capacitando, actualizando y transmitan información puntual, precisa y veráz a sus clientes, ya que lamentablemente son ellos, quienes en muchísimas ocasiones, por desconocimiento o una errónea estrategia fiscal, los terminan metiendo en apuros.


Si detectas irregularidades o anomalías en tus Facturas Electrónicas, como pudiera ser inconsistencias o información incompleta, una Factura Electrónica no registrada en la DIAN, o que no te sea entregada al momento de la compra, es tu obligación reportar dicha situación ante la entidad regulatoria. Puedes hacerlo vía WhatsApp al 310 872 8457


 

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