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Los famosos tres días sin IVA...

Actualizado: 18 sept 2023

"Durante el 2020 solo serán dos"

Fuente: Portafolio


Los famosos tres días sin IVA

Serán en julio y octubre. En 2021 habrá una jornada adicional en enero, según el proyecto de resolución de la DIAN publicado el pasado miércoles 12 de febrero 2020.


"Los días sin IVA no aplicarán para pagos en efectivo, ni para el comercio electrónico."


La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ya tiene listo el proyecto de resolución que busca reglamentar los tres días sin IVA que tendrá el país, luego de que estos fueran incluidos en la reforma tributaria del año pasado.


Aunque aún no se conocen las fechas exactas, el documento indica que para 2020, inicialmente solo aplicarán en dos jornadas, las cuales están programadas para julio y octubre. Por su parte, en 2021 el primer día con dicho beneficio será en enero, seguido por los meses ya mencionados. De acuerdo con José Andrés Romero, director de la entidad, “el día exacto se va a determinar unas fechas antes de esa jornada, precisamente para que los comerciantes o la gente que quiera abusar de la norma no tenga el tiempo de desplazar consumo, sino que más bien generemos compras adicionales”.


Además, dijo que el primer día en 2020 será en julio porque debido a un estudio que hicieron, los comerciantes necesitan desarrollar sus sistemas informáticos para poder cumplir con la norma. “Adicionalmente nosotros necesitamos avanzar en la masificación de la factura electrónica”.


LO QUE NO TENDRÁ IVA

De acuerdo con el proyecto de resolución, habrá seis líneas de productos. El primero de estos son los electrodomésticos cuyo precio de venta por unidad, sin incluir el IVA, no puede superar los 40 UVT; es decir, $1’424.280, valor a 2020. Cabe indicar que en esta lista algunos de los artículos que se incluyen son televisores, refrigeradores, aires acondicionados, entre otros. En su orden le siguen los juguetes y juegos cuyo precio no sea más de cinco UVT ($178.035), sin agregar el IVA. Algunos de los productos exentos son las muñecas y muñecos que representen personajes, los juguetes electrónicos y videojuegos e instrumentos musicales de juego. En este punto hay que tener en cuenta que no se incluyen bicicletas y triciclos para adultos, artículos de fiesta, carnavales y recreativos, programas informáticos y software, según el documento en mención.



Por su parte, en la lista siguen los elementos deportivos cuyo valor no supere los 10 UVT ($356.070) por producto, sin incluir el IVA. En la cuarta posición aparecen los útiles escolares que no tengan un precio mayor a tres UVT por unidad ($106.821), sin tener en cuenta el IVA. Después de estos artículos el documento cita el vestuario (ropa o calzado), que al igual que los útiles escolares, no podrá superar los tres UVT por unidad. En este no quedan incluidas las materias primas. Por último, están los complementos de vestuario que no deberá ser mayor a los 10 UVT por unidad ($356.070), sin agregar el IVA. Entre los productos exentos están los morrales, gafas de sol, carteras y otros. Cabe mencionar que, según la Dian, los días sin IVA solo aplicarán en comercios físicos y con pagos que se hagan a través de medios electrónicos.


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